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Un fallo judicial señaló que si no se le avisa antes al cliente, no se lo puede cobrar. Son los panificados y aderezos que se ofrecen antes de la llegada del plato principal
Un fallo de la justicia platense comenzó a generar inquietud en los restaurantes de nuestra ciudad. El mismo indica que “cobrar servicio de mesa o cubierto es ilegal si el menú no especifica qué es lo que incluye”. Así, los clientes no estarían obligados a pagar, por ejemplo, por una panera que no consumen.
El fallo de la Cámara Civil y Comercial de La Plata que rechazó el cobro de este servicio fue en respuesta a una denuncia contra un restaurante específico de la Ciudad, presentada por una asociación de consumidores.
Ayer, el abogado de esa firma, el doctor Pablo Grillo Ciocchini, explicó a EL DIA que “el servicio de mesa, en nuestros locales, incluye panificados y untable, provistos a voluntad. Se trata de una provisión ilimitada, que se entrega tanto como los clientes requieran. Pueden repetir o compartir”.
“La entidad de consumidores (CODEC) -añadió el letrado- había pedido que se cesara en el cobro de ese servicio, argumentando que se trataba de un concepto ilícito, injustificado, y que se habría incumplido con el deber de información. Pero la Cámara rechazó esa pretensión de que cesara el cobro, y para eso consideró que los locales sí cumplen oportunamente con el deber de información que la ley pone a su cargo”.
“De esta manera -agregó Grillo- la sentencia no prohibió el cobro del servicio de mesa, y en cambio permite mantenerlo con algunas modificaciones, como incluirlo en la carta o menú; bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el servicio de mesa; incluir en la carta o menú que los consumidores que opten por el servicio de mesa luego deberán oblarlo por persona; y ofrecerlo antes de ser entregado, en lugar de entregarlo y retirarlo si el consumidor no lo desea”.
“Debo aclarar -concluyó- que esta sentencia sólo se refiere a los únicos dos locales demandados, de entre los cientos que existen en la ciudad de La Plata, y sólo se aplica a estos dos locales. Hasta donde sabemos, CODEC no ha demandado a ninguno de los otros restaurantes de La Plata que cobran servicios de mesa”.
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Sin embargo, ante la posibilidad de que la medida se ampliara al rubro “cubiertos” también para otros locales de la Ciudad, la posible medida generó inquietud.
Desde la Asociación de Hoteles, Bares, Restaurantes y Afines de la Ciudad, su vicepresidente primero, Mario Aguilar, señaló que “es una medida inquietante. Si bien se trata de algo que hasta ahora no está en el menú, es un servicio que se ofrece, que implica un gasto y que por lo tanto debe ser cobrado. Y si se impide ese cobro, deberá ser absorbido en el costo del menú. Tampoco es un gasto excesivo, el promedio de este servicio, que incluye panificados, mayonesas u otras salsas, en promedio no supera los 50 pesos de acuerdo a lo que ofrezca cada restaurante”.
Representantes de otros restaurantes de la Ciudad consultados, señalaron que si bien no fueron notificados de una medida de este tipo, se solucionaría de forma simple con la consulta al cliente.
“Se le pregunta al o los comensales si quieren tal servicio, y de ser aceptado se lo cobra. Pero en líneas generales se trata de una atención de la casa mientras el cliente espera el plato principal, que no se cobra”, se señaló.
Cabe destacar que en el fallo firmado por la jueza Ana María Bourimborde y el juez Luis Maggi, se señalaba que si el local “decide, por la presunción que hace, entregar a sus consumidores la panera, el croissant y el recipiente con queso crema o similar a los que identifica como ‘servicio de mesa y/o cubierto’, no puede luego requerir o esperar la negativa a su recepción por parte del cliente a fin de omitir cargar el consumo a su cuenta”.
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